Declaración de ruina
Procederá la declaración de la situación legal de ruina de una construcción o edificación cuando el coste de las reparaciones necesarias para devolver la estabilidad, seguridad, estanqueidad y consolidación estructural a un edificio o construcción supere el límite del deber normal de conservación establecido en el apartado 2 del artículo 199 o cuando dichas reparaciones no puedan ser autorizadas por encontrarse el edificio en situación de fuera de ordenación.
Área Urbanismo
Avda. de Iparralde, s/n - Edificio KOSTORBE
943 505 458 / 943 505 152
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¿A quién va dirigido?
La persona física o jurídica interesada o su representante.
Presentación de la solicitud
- Instancia general.
- Datos de identificación relativos al inmueble, el motivo en que se basa el estado de ruina y la relación de los moradores, cualquiera que fuese el título de posesión, así como los titulares de derechos reales sobre el inmueble si los hubiera.
- Informe de facultativo competente (arquitecto), en que se justifique la causa de instar la declaración de ruina, el estado físico del inmueble, y se acredite asimismo si en el momento de la petición el edificio reúne, a su juicio, condiciones de seguridad y habitabilidad suficientes que permitan a sus ocupantes la permanencia en él hasta que se adopte el acuerdo que proceda.
- Acreditación de la titularidad, en el caso de quién solicite la declaración de ruina sea el propietario.
Tramitación del expediente
- Una vez recibida la solicitud, el personal técnico del área emitirá los correspondientes informes técnicos y jurídicos.
- En función de las conclusiones de los informes técnicos citados, se procederá según la tramitación regulada normativamente.
Importe
Principal normativa que regule estas actuaciones
- Plan General de Ordenación Urbana de Irun.
- Documentos de Ordenación, Ejecución y Gestión que afecten al emplazamiento en el que se ubique la actuación.
- Ordenanzas Municipales Sectoriales.
- Ley de Ordenación de la Edificación (LOE).
- Ley 2/2006, de 30 de Junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco.
- Código Técnico de la Edificación (CTE).