TARJETA DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Objeto | OBTENCIÓN DE LA TARJETA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE PERMITA A SU TITULAR ESTACIONAR EL VEHÍCULO EN LUGARES O DURANTE ESPACIOS DE TIEMPO HABITUALMENTE PROHIBIDOS |
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Unidad tramitadora | SERVICIO DE ATENCIÓN CIUDADANA (SAC) |
Órgano de resolución | Servicio responsable: Área de Movilidad, Vía Pública y Obras Diputación Foral de Gipuzkoa- Dpto. para la Política Social |
Modo de presentación | SAC (Servicio de Atención Ciudadana), c/ San Marcial, 2. Para su comodidad, solicite CITA PREVIA para acudir. |
Plazo de solicitud | Ilimitado. |
Carácter del silencio administrativo | Estimada |
Gestión por teléfono | Servicio Telefónico 010 - 943505152 (Ver horario en apartado web) -Consultas previas. -Envío solicitud e instrucciones al domicilio del interesado. -Cita previa. |
Personas destinatarias | Personas residentes en Irun que cumplan los requisitos exigidos. |
Documentación necesaria | OBTENCIÓN 1ª TARJETA Y RENOVACIONES: - Impreso de solicitud de tarjeta de estacionamiento. - DNI o Tarjeta de Identidad de Extranjeros (se escaneará una copia en el SAC) - Reconocimiento del grado de Discapacidad o, en su defecto, Valoración de Dependencia BVD (ambos Certificados OFICIALES de Diputación). En todo caso, deberá constar en estos certificados que la persona interesada tiene problemas de Movilidad reducida o Deficiencia visual (En caso de no alcanzar el 33% de discapacidad se deberá aportar, además, el Reconocimiento de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de la Seguridad social). Una vez tramitada la solicitud y después de realizar las comprobaciones oportunas, a la hora de recoger la Tarjeta de estacionamiento, la persona interesada deberá aportar: - 1 fotografía tamaño carnet. OBTENCIÓN DE DUPLICADO POR PÉRDIDA, ROBO O DETERIORO: - Impreso de solicitud general - 1 Fotografía tamaño carnet - En caso de deterioro, tarjeta deteriorada |
Normativa legal | Decreto 50/2016, de 22 de marzo, por el que se regula la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad Ordenanza Municipal reguladora de la tarjeta y de las reservas especiales de estacionamiento para personas con discapacidad |
Importe / Tasas | Exento. |
Plazo de tramitación | 3 meses |
Web |
Observaciones
QUÉ SE NECESITA PARA PODER SOLICITAR ESTA TARJETA?
En todos los casos, haber obtenido previamente el RECONOCIMIENTO OFICIAL DE DISCAPACIDAD, o en su defecto, VALORACIÓN DE DEPENDENCIA, ambos de Diputación Foral de Gipuzkoa.
(En caso de que, en el reconocimiento oficial de discapacidad, el grado reconocido sea inferior al 33%, deberá tener reconocida la incapacidad permanente en grado total, absoluta o gran invalidez por la Seguridad Social).
Además, en todos los casos es requisito indispensable que el titular presente problemas de MOVILIDAD o DEFICIENCIA VISUAL y así hayan sido reconocidos por Diputación, bien en el Reconocimiento de Discapacidad, bien en la Valoración de Dependencia.
QUÉ GRADO DE MOVILIDAD SE REQUIERE?
Conforme al anexo II del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, se considerará que presentan Movilidad reducida:
– Si utiliza necesariamente silla de ruedas.
– Si utiliza necesariamente dos bastones para andar.
– Si puede deambular pero presenta conductas agresivas o molestas de difícil control, a causa de graves deficiencias psíquicas que dificultan la utilización de medios normalizados de transporte.
– Si presenta limitaciones de movilidad y tengan como mínimo 7 puntos en el baremo de movilidad reducida.
QUÉ SE CONSIDERA COMO DEFICIENCIA VISUAL NECESARIA PARA PODER OPTAR A LA TARJETA?
Si en el mejor ojo tiene una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos, dictaminada por el Servicio de Valoración y Orientación de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
ES POSIBLE SOLICITAR ESTA TARJETA PARA MENORES DE 3 AÑOS?
Sí, es posible para menores de 3 años que dependan de forma continuada de aparatos técnicos imprescindibles para sus funciones vitales (sillas de ruedas especiales, aparatos respiradores...), o que por su gravedad hayan sido valoradas con discapacidad en clases 4 o 5 (patología grave o muy grave).
PUEDE RECOGER LA TARJETA CUALQUIER PERSONA?
Es necesaria la comparecencia y firma del titular para recogerla, salvo en el caso de Declaración judicial de Incapacidad, en cuyo caso será necesaria la comparecencia y firma del Tutor/a designado.
CUÁLES SON LAS CONDICIONES PARA EL USO DE LA TARJETA?
-La tarjeta es estrictamente personal y puede ser utilizada únicamente cuando la persona titular conduzca el vehículo o sea transportada en él.
-Deberá ser colocada en el parabrisas delantero, de modo que su anverso sea legible desde el exterior del vehículo y deberá permitirse su examen por la autoridad competente cuando ésta así lo requiera.
-Será válida, siempre y cuando se exhiba de forma visible la tarjeta en el interior del vehículo, para:
*Estacionar en los lugares habilitados para las personas con discapacidad.
*Parar o estacionar en las zonas reservadas para carga y descarga, siempre que no se ocasionen perjuicios a los peatones o al tráfico y por el tiempo estrictamente necesario.
*Parar en cualquier lugar de la vía, por motivos justificados y por el tiempo indispensable, siempre que no se ocasionen perjuicios a los peatones o al tráfico y de acuerdo con las instrucciones de los agentes de la autoridad.
*Acceder a vías, áreas o espacios urbanos con circulación restringida a residentes siempre que el destino se encuentre en el interior de esa zona.
-Se podrá estacionar de manera gratuita sin el abono de la correspondiente tasa en las zonas de estacionamiento regulado OTA durante un máximo de 60 minutos, previa obtención del ticket Tarifa PMR (Movilidad Reducida), con limitación de la obtención de un nuevo ticket gratuito a 3 horas. Este criterio no será de aplicación en zonas de estacionamiento para Residentes (zona blanca). Tampoco será de aplicación a las plazas de estacionamiento para personas con discapacidad ubicadas en zona regulada OTA.
-No obstante, en cualquier caso, NO se podrá estacionar en:
*Zonas peatonales, andenes o aceras y pasos de peatones.
*En prohibición de parada.
*Lugares que obstruyan vados o salidas de emergencia.
*Espacios que reduzcan carriles de circulación.
*Zonas acotadas por razones de seguridad pública.
EXISTE ALGUNA LIMITACIÓN PARA LA UTILIZACIÓN DE UNA RESERVA DE ESTACIONAMIENTO?
Las reservas de estacionamiento de uso general (no nominativas), no pueden ser utilizadas de forma exclusiva por determinados vehículos, limitando el derecho de estacionamiento del resto de titulares de tarjetas de estacionamiento. De tal modo que:
- En las zonas de estacionamiento regulado (OTA) se permitirá el estacionamiento de una misma tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad y en una misma plaza de uso general por un MÁXIMO DE 24 HORAS, pasadas las cuales no se podrá volver a aparcar en la misma plaza hasta 12 horas después.
- En el resto de zonas de estacionamiento dicho límite se extenderá a 72 HORAS, esto es, 3 DÍAS. Una vez transcurrido dicho período, una misma tarjeta de estacionamiento deberá permanecer al menos durante 12 horas sin ocupar de nuevo esa misma plaza de aparcamiento.
QUÉ VIGENCIA TIENE? ES POSIBLE RENOVAR LA TARJETA?
Las tarjetas se conceden por un periodo de cinco años. Una vez concluido dicho periodo, o si se han producido cambios en la valoración de la discapacidad, deberá renovarse siguiendo este mismo procedimiento.
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