PADRON MUNICIPAL DE HABITANTES - BAJA

Tramitar en sede electrónica
Objeto Bajas en el padrón municipal de habitantes de Irun por cambio a otro municipio del estado español o del extranjero
Unidad tramitadora SERVICIO DE ATENCIÓN CIUDADANA (SAC)
Servicio Responsable: Servicio de Información Corporativa (Estadística y Terceros)
Órgano de resolución Responsable del Servicio de Información Corporativa
Modo de presentación Si una PERSONA SE TRASLADA A OTRO MUNICIPIO ESPAÑOL, no es necesario que solicite la baja en Irun, únicamente deberá tramitar el alta en el municipio en que desea causar alta y éste remitirá la baja al Ayuntamiento de Irun quien la gestionará de oficio.

El resto de bajas (ver Observaciones) se podrán solicitar:
- A través de la sede electrónica, con Irun txartela u otro certificado digital
- Presencialmente, por escrito, en el SAC (Calle San Marcial, 2). CON CITA PREVIA.
Carácter del silencio administrativo Desestimatorio
Normativa legal Art. 15.1 Ley Reguladora Bases Régimen Local
Art. 56.1.B) Reglamento de Población y Demarcación Territorial
Art. 72 Reglamento de Población y Demarcación Territorial
Importe / Tasas No procede.
Plazo de tramitación Plazo legal 3 meses, más posterior autorización del Consejo de Empadronamiento, en conjunto PLAZO DE TRAMITACIÓN ESTIMADO: 6 MESES.
Web

Observaciones

Forma de proceder dependiendo del caso:

-Si una PERSONA SE TRASLADA A OTRO MUNICIPIO ESPAÑOL, no es necesario que solicite la baja en Irun, únicamente deberá tramitar el alta en el municipio en que desea causar alta y éste remitirá la baja al Ayuntamiento de Irun quien la gestionará de oficio.

-Si una PERSONA ESPAÑOLA SE TRASLADA AL EXTRANJERO, deberá inscribirse en el Consulado de España en el País al que se traslade y este remite la baja al Ayuntamiento de Irun quien la gestionará de oficio.

También se puede solicitar por escrito la baja en el municipio de Irun adjuntando documento acreditativo de inscripción (con indicación expresa de la fecha de alta) en el Municipio o Consulado correspondiente. Este trámite podrá realizarse presencialmente en las oficinas del SAC o en la Sede Electrónica www.irun.org/sac con Irun Txartela u otra firma electrónica que permita la identificación.

-Si una PERSONA DE NACIONALIDAD EXTRANJERA SE TRASLADA A SU RESIDENCIA EN EL EXTRANJERO, deberá solicitar su baja por escrito acudiendo presencialmente al SAC o a través de la sede electrónica aportando, en ambos caos, su documento de identidad.

-Si alguna PERSONA PROPIETARIA O INQUILINA DE UNA VIVIENDA DESEA INSTAR LA BAJA DE ALGUNA PERSONA RESIDENTE en la misma, según dispone el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial deberá comunicar al Ayuntamiento a través del impreso específico disponible adjunto, la persona o relación de personas que desea dar de baja y un dato para poder contactar con las mismas (teléfono, dirección…).
El Ayuntamiento iniciará expediente de Baja de Oficio, para lo cual contactará con las personas a las que se pretenda dar de baja en el domicilio, realizará las preceptivas notificaciones y anuncios en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y, en su caso, previo informe favorable del Consejo de Empadronamiento, tramitará la baja de oficio de dichas personas en el domicilio de referencia.

Este trámite puede realizarse en la Sede Electrónica con Irun Txartela u otra firma electrónica que permita la identificación.

La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

Documentos relacionados

Trámites municipales relacionados

Más info. Protección de Datos

X