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OCUPACIÓN VÍA PÚBLICA - ACTIVIDADES EVENTUALES: CARRERAS DEPORTIVAS Y MARCHAS CICLISTAS

Objeto Obtener la preceptiva autorización municipal para la utilización de la vía para la realización de pruebas deportivas competitivas o marchas ciclistas organizadas, cuando la prueba se desarrolle íntegramente dentro del casco urbano
Unidad tramitadora POLICÍA LOCAL Y CONVIVENCIA
Órgano de resolución Delegada de Policía Local y Convivencia
Modo de presentación SAC (Servicio de Atención Ciudadana), c/ San Marcial, 2. Necesaria CITA PREVIA para acudir.
Plazo de solicitud Desde 1 año hasta 30 días hábiles antes
Carácter del silencio administrativo Estimada
Gestión por teléfono Servicio Telefónico 010 - 943505152 (Ver horario en apartado web)
-Consultas previas.
-Envío solicitud e instrucciones al domicilio del interesado.
-Cita previa.
Personas destinatarias Personas físicas o jurídicas interesadas
Documentación necesaria - Impreso de solicitud, en el que se deberá indicar:
*Nombre de la actividad
*Responsables de la organización: director ejecutivo, y responsable de seguridad vial (ver Observaciones)
*Número aproximado de participantes previstos.
- Permiso de organización expedido por la federación deportiva correspondiente, cuando así lo exija la legislación deportiva.
- Seguro de responsabilidad civil y seguro de accidentes (ver observaciones)
- Memoria de la prueba en el que se hará constar:
*Reglamento de la prueba.
*Croquis preciso del recorrido, fecha de celebración, itinerario, perfil, horario probable de paso por los distintos puntos determinantes del recorrido y promedio previsto tanto de la cabeza de la prueba como del cierre de ésta.
*Medidas de señalización de la prueba y del resto de los dispositivos de seguridad previstos en los posibles lugares peligrosos, así como la función que deba desempeñar el personal auxiliar habilitado.
Normativa legal Reglamento General de Circulación (R.D. 1428/2003, de 21 de noviembre): ANEXO II - Pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos
Importe / Tasas Según Ordenanza Fiscal vigente.
Plazo de tramitación 10 días hábiles desde la presentación de la solicitud
Web

Observaciones

Todos los participantes de la prueba deben estar cubiertos por un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños a terceros hasta los mismos límites que para daños personales y materiales establece el Real Decreto 7/2001, de 12 de enero, para el seguro de responsabilidad civil de vehículos a motor de suscripción obligatoria, y un seguro de accidentes que tenga, como mínimo, las coberturas del seguro obligatorio deportivo regulado en el Real Decreto 849/1993, de 4 de junio, sin cuya preceptiva contratación no se podrá celebrar prueba alguna.

El responsable de seguridad vial de la organización que dirigirá la actividad del personal auxiliar habilitado y que deberá conocer las normas de circulación, para lo cual deberá poseer permiso de conducción en vigencia.

CONSULTAR TODAS LAS CONDICIONES PARA LA CELEBRACIÓN DE LA PRUEBA O MARCHA EN EL ANEXO II DEL REGLAMENTO DE CIRCULACIÓN (VER DOCUMENTO ADJUNTO O ENLACE WEB)

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