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LICENCIA DE OBRA MAYOR - AMPLIACIÓN, REFORMA O CONSOLIDACIÓN

Objeto Obtener la preceptiva licencia municipal para la realización, de obras de ampliación, reforma y consolidación
Unidad tramitadora ÁREA DE URBANISMO Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Unidad Administrativa de Disciplina Urbanística y Actividades.
Órgano de resolución Junta de Gobierno Local.
Modo de presentación SAC (Servicio de Atención Ciudadana), c/ San Marcial, 2. / Para su comodidad, solicite CITA PREVIA para acudir.
Plazo de solicitud Ilimitado.
Carácter del silencio administrativo Estimada
Gestión por teléfono Servicio Telefónico 010 - 943505152 (Ver horario en apartado web)
-Consultas previas.
-Envío solicitud e instrucciones al domicilio del interesado.
-Cita previa.
Personas destinatarias Todas aquellas personas interesadas en la realización de las obras arriba detalladas.
Documentación necesaria - Instancia de solicitud de licencia de obra mayor.
- Proyecto técnico (básico o de ejecución) por duplicado, suscrito por facultativo competente y visado por el colegio oficial correspondiente.
- Cuestionario de Estadística y Edificación debidamente cumplimentado.(Disponible en el enlace web)

Se deberá presentar, siempre antes del comienzo de las obras, un Estudio de Seguridad y Salud en el trabajo por duplicado, elaborado por técnico competente.

EN EL CASO DE REHABILITACIÓN DE FACHADAS/CUBIERTAS, SE SUSTITUIRÁ EL MENCIONADO PROYECTO TÉCNICO POR UN PRESUPUESTO DE OBRA, Y UNA DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS Y MATERIALES A EMPLEAR INDICANDO LOS ACTUALES Y LOS PREVISTOS EN LA ACTUACIÓN (COLOR), ASIMISMO Y CON RELACIÓN AL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD ÚNICAMENTE SE RECOMENDARÁ SU PRESENTACIÓN.
Normativa legal -Ley del suelo.
-Plan General de Ordenación Urbana y Normativa Urbanística.
-Otras normas vigentes de obligado cumplimiento.
Importe / Tasas Tipo de gravamen: 5 % sobre el presupuesto declarado, sin IVA. Y tasa de 663,05 € para presupuestos superiores a 6.010,12 €.
Plazo de tramitación 3 meses
Web

Observaciones

-En el caso de resultar necesaria la ocupación de la vía pública mediante mercancias, escombro, tierra, arenas, materiales de construcción, vallas, andamios, contenedores, etc., se deberá solicitar la correspondiente licencia de ocupación de vía pública.

-De modo previo al comienzo de las obras deberá presentarse Estudio de seguridad y salud en el trabajo, por duplicado, elaborado por técnico competente.

-De acuerdo con la Ordenanza Fiscal en vigor se encuentran exentas del "impuesto" las obras de limpieza, pintura y reparación de fachadas y/o tejados, así como las obras necesarias para la instalación y enganche a la red de gas natural en edificios ya construidos y destinados a vivienda.

-De acuerdo con la Ordenanza Fiscal en vigor se encuentran exentas del pago de tasa aquellas obras cuyo presupuesto definitivo no supere los 6.010,12 euros así como las obras de limpieza, pintura y reparación de fachadas y/o tejados, con independencia de su cuantía.

-Como regla general, está establecido un plazo de seis meses para el inicio de las obras y de 1 año para su completa realización.

-En base al real decreto Ley 1/1998 sobre infraestructuras comunes en los edificios para el servicio de telecomunicaciones, para la concesión de la licencia de obras se deberá adjuntar proyecto técnico que defina este tipo de infraestructuras.

-La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

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