LICENCIA DE OBRA DE PEQUEÑA ENTIDAD DE ACONDICIONAMIENTO RELACIONADAS CON APERTURA DE ACTIVIDAD
Objeto | CONOCIMIENTO DE OBRA DE PEQUEÑA ENTIDAD para obras menores sujetas a licencia que requieren únicamente comunicación al Ayuntamieto; con relación a acondicionamientos para apertura de actividades que cumplan los requisitos fijados (ver Observaciones) |
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Unidad tramitadora | ÁREA DE URBANISMO Y DESARROLLO SOSTENIBLE Servicio Responsable: Área de Urbanismo y Medio Ambiente. |
Órgano de resolución | Servicio de Atención Ciudadana. |
Modo de presentación | SAC (Servicio de Atención Ciudadana), c/ San Marcial, 2. Por su comodidad solicite CITA PREVIA. Ver horario de oficina en apartado web. |
Plazo de solicitud | Ilimitado. |
Gestión por teléfono | Servicio Telefónico 010 (Ver horario en apartado web) -Consultas previas. -Envío solicitud e instrucciones al domicilio del interesado. -Cita previa. |
Personas destinatarias | Todas aquellas personas interesadas en la realización de obras en locales denominadas de pequeña entidad. |
Documentación necesaria | - Impreso de Conocimiento de Obra de pequeña entidad. - Presupuesto de todos los gremios que intervengan, incluyendo mano de obra y materiales (sin IVA). - Fecha de inicio y fin de la ocupación mediante contenedor, en su caso. - Justificante del abono del importe resultante de la liquidación provisional en banco o caja (posibilidad de pago con tarjeta en el SAC). - Impreso IAE (840) ó número de epígrafe de la actividad a desarrollar |
Normativa legal | - Plan General de Ordenación Urbana y Normativa Urbanística. - Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios (BOE 27-12-2012) - Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización - Disp. Final 7º (BOE 28-09-2013) - Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado - Disp. Final 3º (BOE 10-12-2013) |
Importe / Tasas | Tipo de Gravamen: 5% s/ presupuesto declarado, sin IVA. Ver otros gravámenes en O.Fiscal. Y tasa de 55,20 euros para presupuestos superiores a 6.010,12 euros Contenedor y similares: Por elemento y quincena o fracción: 4,82 eur |
Plazo de tramitación | El mismo momento de la solicitud |
Web |
Observaciones
REQUISITOS:
1. La actividad ha de estar incluida en el Anexo de la Ley 12/2012, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios (ampliado por la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización - Disp. Final 7º)
2. La superficie de exposición o venta al público ha de ser inferior a 750m²
3. Presupuesto de la obra ha de ser inferior a 30000 euros
OBRAS EN LOCALES: Obras en oficinas, despachos, comercios, almacenes y similares, de reparación o renovación de terminaciones de suelos, techos o paramentos, cambio de puertas y ventanas interiores y elementos sanitarios, de construcción de cabinas de aseo, oficina y/o almacén, y de reparación o renovación de instalaciones en las que concurran las siguientes circunstancias:
*No impliquen la modificación sustancial de uso del local ni se modifique el nº de locales.
*No afecten, modifiquen o incidan sobre elementos comunes, especialmente estructura y conductos generales, ni en aspecto exterior de la edificación; ni sobrepasen las sobrecargas con las que fueron calculadas.
*No impliquen una reducción en las condiciones de seguridad contra incendios, en relación con el cumplimiento de la NBE-CPI (estabilidad y resistencia al fuego de elementos constructivos, instalaciones de detección, alarma y extinción, alumbrado de emergencia, etc.)
*No impliquen instalación de equipos de aire acondicionado o cualquier sistema de climatización.
- Las obras estarán sujetas a inspección posterior. Como regla general está establecido un plazo de un mes para el inicio de las obras y de seis para su completa realización.
- De acuerdo con la ordenanza fiscal en vigor se encuentran exentas del pago de "tasa" aquellas obras cuyo presupuesto definitivo no supere 6.010,12 euros
- En el caso de resultar necesaria la ocupación de la vía pública, únicamente se autorizará de forma inmediata aquella que se realice mediante contenedor. La ocupación con cualquier otro elemento (andamios, vallas, material...) requiere autorización del área correspondiente. Para la colocación del contenedor, se deberá contactar obligatoriamente con la Policía Local, y se estará a lo que ésta disponga para la ubicación del mismo (VER CONDICIONANTES EN EL PROPIO IMPRESO DE SOLICITUD)
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.
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