CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE IRUN Y LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO PARA LA PRESTACIÓN MUTUA DE SERVICIOS DE INFORMACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN ELECTRÓNICA
Entidad conveniada | DEPARTAMENTO DE TRABAJO Y JUSTICIA |
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Departamento responsable | ÁREA DE SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN, PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y BARRIOS |
Órgano de aprobación | PLENO |
Fecha de aprobación | 30-10-2013 |
Fecha de entrada en vigor | 24-01-2014 |
Fin de vigencia inicial | 24-01-2018 |
Prorrogable | S |
Límite definitivo de vigencia | 24-01-2029 |
Cuantía | Gratuito |
Ámbito | Procedimiento de aprobación de procedimientos administrativos |
Objeto | Establecer los términos y condiciones generales para un aprovechamiento común de los servicios electrónicos que prestan las partes firmantes y para el intercambio de información entre ellas. |
Publicado en | BOPV 24-01-2014 BOG 08-01-2014 |
Legislación | Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica. |
Resumen | La finalidad principal del Convenio es facilitar el ejercicio del derecho a no aportar los datos y los documentos que obren en poder de las Administraciones Públicas, en los términos del artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, esto es, siempre que se cuente con el consentimiento de las personas interesadas o una Ley así lo determine. No obstante, este Convenio permitirá que la Administración verifique o compruebe los datos aportados por la ciudadanía, sin necesidad de su consentimiento, en los términos previstos en los artículos 11.2 y 21 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. En su Anexo I se fijan las condiciones para la transmisión de datos entre los Ayuntamientos y la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, con carácter bidireccional, y en el Anexo II se posibilita y regula la intermediación de datos entre la Administración General del Estado y el Ayuntamiento. |
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