2022 Justificación/ AYUDAS A LA CONTRATACION
Entidad generadora | AYUNTAMIENTO DE IRUN - IRUNGO UDALA |
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Personas destinatarias | Empresas que hayan resultado beneficiarias de esta ayuda |
Modo de presentación | - SEDE ELECTRÓNICA (www.irun.org/sac) *con certificado electrónico de entidad: Izenpe, FNMT *con IrunTxartela, DNIe o certificado Izenpe u otros de un representante inscrito ante el Ayto. Irun. Sólo no obligados a relación electrónica con las AAPP (para esta convocatoria: trabajadores autónomas/os que no estén obligados a colegiarse, solicitando la ayuda en su nombre), podrán presentar la documentación también en: - SAC (c/San Marcial, 2). Ver horario en enlace web. |
Fecha apertura de plazo | 01-11-2022 |
Fecha fin de plazo | 15-08-2023 |
Documentación necesaria | - Memoria final de la actividad (ver contenido necesario en la convocatoria) - Nóminas. - Justificante del pago de las nóminas. - Justificante de la titularidad de la cuenta corriente en la que se han ingresado las nóminas. - Recibo de Liquidación de Cotizaciones (RLC, anteriormente TC1) y Relación Nominal de Trabajadores (RNT, anteriormente TC2) de los periodos de duración del contrato objeto de subvención y justificante de su pago. |
Documentación adicional (solo presencialmente) | - Impreso de justificación (según modelo). - Declaración responsable (según modelo). - Declaración de otros ingresos (según modelo). |
Web |
Observaciones
PLAZO PARA PRESENTAR LA JUSTIFICACIÓN
45 días desde la finalización del contrato subvencionado, y en cualquier caso antes del 15 de agosto de 2023.
COMPATIBILIDAD CON OTRAS SUBVENCIONES
Estas ayudas serán incompatibles con la obtención de cualquier otro tipo de subvención o ayuda que por el mismo concepto y finalidad le sean otorgadas, excepto las bonificaciones otorgadas por la Seguridad Social.
PAGO
El pago se realizará en dos partes.
- El 50% de la subvención inicialmente concedida, en concepto de pago a cuenta, en el plazo de un mes desde la emisión de la resolución de concesión.
- El 50% importe restante, sujeto a liquidación, se abonará a la finalización del periodo de contratación subvencionado, previa justificación documental de los pagos efectuados en concepto de nómina y de seguridad social.
En caso de existir deudas pendientes con el Ayuntamiento, éste podrá, de oficio, proceder a su compensación contra la subvención concedida.
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