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2022 Justificación/ AYUDAS A LA CONTRATACION

Tramitar en sede electrónica
Entidad generadora AYUNTAMIENTO DE IRUN - IRUNGO UDALA
Personas destinatarias Empresas que hayan resultado beneficiarias de esta ayuda
Modo de presentación - SEDE ELECTRÓNICA (www.irun.org/sac)
*con certificado electrónico de entidad: Izenpe, FNMT
*con IrunTxartela, DNIe o certificado Izenpe u otros de un representante inscrito ante el Ayto. Irun.

Sólo no obligados a relación electrónica con las AAPP (para esta convocatoria: trabajadores autónomas/os que no estén obligados a colegiarse, solicitando la ayuda en su nombre), podrán presentar la documentación también en:
- SAC (c/San Marcial, 2). Ver horario en enlace web.
Fecha apertura de plazo 01-11-2022
Fecha fin de plazo 15-08-2023
Documentación necesaria - Memoria final de la actividad (ver contenido necesario en la convocatoria)
- Nóminas.
- Justificante del pago de las nóminas.
- Justificante de la titularidad de la cuenta corriente en la que se han ingresado las nóminas.
- Recibo de Liquidación de Cotizaciones (RLC, anteriormente TC1) y Relación Nominal de Trabajadores (RNT, anteriormente TC2) de los periodos de duración del contrato objeto de subvención y justificante de su pago.
Documentación adicional (solo presencialmente) - Impreso de justificación (según modelo).
- Declaración responsable (según modelo).
- Declaración de otros ingresos (según modelo).
Web

Observaciones

PLAZO PARA PRESENTAR LA JUSTIFICACIÓN
45 días desde la finalización del contrato subvencionado, y en cualquier caso antes del 15 de agosto de 2023.

COMPATIBILIDAD CON OTRAS SUBVENCIONES
Estas ayudas serán incompatibles con la obtención de cualquier otro tipo de subvención o ayuda que por el mismo concepto y finalidad le sean otorgadas, excepto las bonificaciones otorgadas por la Seguridad Social.

PAGO
El pago se realizará en dos partes.
- El 50% de la subvención inicialmente concedida, en concepto de pago a cuenta, en el plazo de un mes desde la emisión de la resolución de concesión.
- El 50% importe restante, sujeto a liquidación, se abonará a la finalización del periodo de contratación subvencionado, previa justificación documental de los pagos efectuados en concepto de nómina y de seguridad social.
En caso de existir deudas pendientes con el Ayuntamiento, éste podrá, de oficio, proceder a su compensación contra la subvención concedida.

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