IRUNVI: Sociedad Pública de Vivienda Irun
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CONTENIDO PRINCIPAL DE LA PÁGINA

 
VIVIENDAS DE PROTECCIÓN PÚBLICA
Enajenación del suelo
 
 

Venta del suelo a los titulares registrales del derecho de superficie.

IRUNVIEnajenación del suelo parcelas propiedad de IRUNVI:
Auzolan-Arretxe, Beko Errota, Oñaurre*
(* A partir de la escritura de propiedad horizontal y obra nueva)

PLIEGO

Pliego de condiciones económico administrativas que han de regir la enajenación directa y onerosa a sus titulares superficiarios, de suelo de parcelas de titularidad de Irungo Etxebizitzarako Elkate Publikoa / Sociedad Pública de Vivienda de Irun SAU (IRUNVI) cedida en derecho de superficie para la construcción de vivienda protegida.

 

PRECIO

La valoración del suelo, a efectos de fijar su precio de compra, se llevará a cabo con arreglo a lo previsto en el artículo 7 del Decreto 39/2008, de 4 de marzo, sobre régimen jurídico de viviendas de protección pública y medidas financieras en materia de vivienda y suelo, y demás normas de aplicación para la valoración de inmuebles sujetos a protección oficial.

 

REQUISITOS

Ser actualmente titular registral del derecho de superficie de cada vivienda, garaje, anejos y local en su caso, que hayan sido constituidos en las promociones de Auzolan-Arretxe, Beko Errota y Oñaurre.

 

SOLICITUD

 

PLAZO

Hasta el 31 de diciembre de 2011

 

PROCEDIMIENTO

 

AYUNTAMIENTO IRUNEnajenación del suelo parcelas propiedad del Ayuntamiento de Irun: Palmera – Montero, Alzukaitz, Andrearriaga

PLIEGO

Pliego de condiciones económico administrativs que han de regir la enajenación directa y onerosa a sus titulares superficiarios, de suelo de parcelas de titularidad del ayuntamiento de Irun cedidas en derecho de superficie para la construcción de vivienda protegida.

 

PRECIO

La valoración del suelo, a efectos de fijar su precio de compra, se llevará a cabo con arreglo a lo previsto en el artículo 7 del Decreto 39/2008, de 4 de marzo, sobre régimen jurídico de viviendas de protección pública y medidas financieras en materia de vivienda y suelo, y demás normas de aplicación para la valoración de inmuebles sujetos a protección oficial.

 

REQUISITOS

Ser actualmente titular registral del derecho de superficie de cada vivienda, garaje, anejos y local en su caso, que hayan sido constituidos en las promociones de Palmera – Montero, Alzukaitz, Andrearriaga.

 

SOLICITUD

 

PLAZO

Hasta el 31 de diciembre de 2011

 

PROCEDIMIENTO