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VIVIENDAS DE PROTECCIÓN PÚBLICA
Inscripciones - Requisitos > personas separadas, divorciadas y viudas
 
Base Imponible: otras opciones contempladas en la ley. Personas separadas, divorciadas y viudas
   
 
Para la determinación de los ingresos correspondientes a personas separadas, divorciadas, y viudas, en los casos en que la declaración o declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, o en su caso ingresos, a acreditar correspondan a un período en el que estaba constante el matrimonio, se seguirán los siguientes criterios:
   
 
Si el régimen económico del matrimonio era de comunicación foral o gananciales, se le computará el 50% de los ingresos del matrimonio.
En el caso de que el régimen económico fuera de separación de bienes, se le computarán únicamente los ingresos que proviniesen del solicitante.