|
Para la determinación de los ingresos
correspondientes a personas separadas, divorciadas,
y viudas, en los casos en que la declaración o declaraciones
del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas,
o en su caso ingresos, a acreditar correspondan a un
período en el que estaba constante el matrimonio, se
seguirán los siguientes criterios:
|