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ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL - CÁLCULO DE TASA Y SOLICITUD APLAZAMIENTO DE PAGO PARA EL CURSO 2020/21
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Más info. Protección de Datos
Tabla que ofrece los datos de ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL - CÁLCULO DE TASA Y SOLICITUD APLAZAMIENTO DE PAGO PARA EL CURSO 2020/21
Tipo de Dato |
Dato |
Objeto |
ESTABLECER LAS CUOTAS QUE POR LA TASA DE LA ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL SE DEBERÁN PAGAR MENSUALMENTE, PEDIR APLAZAMIENTO DE PAGO DE LA TASA DE ASISTENCIA |
Unidad tramitadora |
ÁREA DE BIENESTAR SOCIAL, EDUCACIÓN Y JUVENTUD
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Modo de presentación |
SAC (Servicio de Atención Ciudadana), c/ San Marcial, 2
Horario: L/V: 8:30h-14:00h y 16:00h-19:00h; Sábados: 9:30h-13:00h (Julio y Agosto tardes y sábados cerrado) |
Plazo de solicitud |
24-09-2020 |
Gestión por teléfono |
Servicio Telefónico 010
Horario: lunes a viernes 8:00h-20:00h, sábados 8:30h-13:30h
-Consultas previas.
-Envío solicitud e instrucciones al domicilio del interesado.
-Cita previa. |
Personas destinatarias |
Alumnos/as admitidos/as en la Escuela Infantil Municipal para el curso 2020/21 |
Documentación necesaria |
PARA EL CÁLCULO DE TASA (VER OBSERVACIONES)
1. Impreso de solicitud para el cálculo de tasa por servicios en la escuela infantil municipal 2020/21
2. Ingresos netos de los padres y/o madres o tutores legales del alumno/a. Para ello:
* Personas con RESIDENCIA FISCAL EN GIPUZKOA en el año 2019: NO TENDRÁN QUE PRESENTAR DOCUMENTACIÓN
* Personas con RESIDENCIA FISCAL FUERA DE GIPUZKOA en el año 2019: DECLARACIÓN IRPF DEL AÑO 2019
En ausencia de documentación correspondiente al IRPF,
a. Certificado de Hacienda de no tener obligación de haber presentado la Declaración del IRPF en el ejercicio anterior.
b. Informe de Vida Laboral de la Seguridad Social que incluya el ejercicio de referencia.
c. Otra documentación congruente con la anterior (Nóminas, 10-T, certificaciones de empresa) hasta completar y definir los ingresos del ejercicio anterior.
d. Declaración jurada de ingresos de la Unidad Familiar respecto al ejercicio anterior.
En su caso, la documentación de este apartado será la equivalente del territorio del domicilio fiscal de cada persona.
* Unidades familiares cuya situación económica se haya modificado sustancialmente respecto al año anterior:
a. Informe de Vida Laboral de la Seguridad Social que incluya el ejercicio de referencia.
b. Otra documentación congruente con la anterior (Nóminas, 10-T, certificaciones de empresa) hasta completar y definir los ingresos de 2020.
c. Declaración jurada de ingresos de la Unidad Familiar respecto al año 2020.
En el caso de no entregarse la documentación se entenderá que la cuota aplicable es la máxima existente.
PARA EL APLAZAMIENTO DE PAGO (VER OBSERVACIONES)
En el mismo impreso que para el cálculo de cuota marcando la casilla relativa a la solicitud de aplazamiento. |
Normativa legal |
Ordenanza Fiscal Reguladora de las tasas por prestación de servicios públicos y realizacion de actividades administrativas. |
Importe/tasas |
Ver Tarifas y sus normas de aplicación en el enlace adjunto. |
Web |
http://www.irun.org/cod/ordenanzas/down/ordenanzas_fiscales/9%20V%20d)%20Escuela%20Infantil.pdf
Ordenantza Fiskala / Ordenanza Fiscal
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Observaciones |
Aquellas personas que en la prematricula o en un momento posterior ya hayan presentado la documentación relativa a ingresos económicos, o hayan autorizado al Ayuntamiento de Irun para consultarlo a la Diputación Foral de Gipuzkoa, no tendrán que presentar ni solicitud, ya que al disponer de esa información en el Servicio de Educación, la tasa se calculará de oficio.
Además, por el mismo motivo, a aquellas personas que tengan derecho a la bonificación, se les aplicará de oficio en la tasa resultante a abonar cada mes.
APLAZAMIENTO DE PAGO (sólo para alumnos nacidos en 2019 ó 2020 que vayan a solicitar la correspondiente ayuda del Gobierno Vasco)
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Aquellas personas que vayan a solicitar la ayuda del Gobierno Vasco para la cuota de asistencia de la Escuela Infantil Municipal, tienen la opción de solicitar el aplazamiento de pago de las mensualidades hasta que efectivamente reciban la ayuda del Gobierno Vasco. En caso de no resultar beneficiario de la ayuda del Gobierno Vasco, las mensualidades pendientes se deberán abonar al Ayuntamiento de Irun. |
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