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2020 Justificación/ SUBVENCIONES A AAVV PARA MANTENIMIENTO DE LAS BIBLIOTECAS DE BARRIO
Documentos relacionados
Más info. Protección de Datos
Tabla que ofrece los datos de 2020 Justificación/ SUBVENCIONES A AAVV PARA MANTENIMIENTO DE LAS BIBLIOTECAS DE BARRIO
Tipo de Dato |
Dato |
Entidad generadora |
AYUNTAMIENTO DE IRUN - IRUNGO UDALA
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Cuantía |
13.300,00 euros. |
Personas destinatarias |
Asociaciones de vecinos de Irun |
Requisitos |
Las asociaciones deberán estar constituidas con arreglo a la legislación vigente, e inscritas en el Registro General de Asociaciones del Gobierno Vasco. |
Modo de presentación |
- SEDE ELECTRÓNICA (www.irun.org/sac)
*con certificado electrónico de entidad: Izenpe, FNMT
*con IrunTxartela, DNIe o certificado Izenpe de un representante inscrito ante el Ayto. Irun.
- SAC (c/ San Marcial, 2.) Ver horario en enlace web. |
Fecha apertura de plazo |
16-09-2020 |
Fecha fin de plazo |
01-02-2021 |
Documentación necesaria |
- Memoria detallada del servicio de bibliotecas:
* Horario de apertura.
* Datos trimestrales sobre usuarios y servicios.
- Relación de facturas y justificantes (según modelo general). |
Documentación adicional (solo presencialmente) |
- Instancia de justificación (según modelo)
- Declaración de Otros Ingresos (según modelo)
- Declaración responsable (según modelo) |
Web |
http://www.irun.org/caste/3ayunta/sacirun.asp
Horario Terminales, oficina SAC y servicio 010
http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/517077
1. Deialdiaren info. DLDN-an / Info. de la convocatoria en BDNS
https://egoitza.gipuzkoa.eus/gao-bog/castell/bog/2020/08/06/c2003769.pdf
2. Deialdiaren laburpena GAOn / Extracto de convocatoria en el BOG
http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/concesiones/convocatoria/517077
3. Emandako dirulaguntzen info. DLDN-an / Info. BDNS de subvenciones concedidas
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Observaciones |
CRITERIOS DE VALORACION DE LAS SOLICITUDES
El importe de la subvención se determinará tomando como referencia la cuantía (A) que resulte de dividir el total a subvencionar (cláusula 1ª) entre el número de solicitudes recibidas y admitidas, de manera que:
1.Las solicitudes admitidas cuyo importe solicitado sea igual o inferior a (A), recibirán como subvención la totalidad del importe solicitado.
2.Las solicitudes admitidas cuyo importe solicitado sea superior a (A), recibirán como subvención (A).
3.En el supuesto de que el sumatorio de las subvenciones asignadas según los criterios citados sea inferior al total a subvencionar (cláusula 2ª), la diferencia será repercutida proporcionalmente y sumada al importe inicialmente asignado (A). |
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